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LA PANDEMIA y LAS RECIENTES DECLARACIONES DE LA MINISTRA DE TRABAJO.

Sobre las últimas afirmaciones de la Titular del Ministerio de Trabajo, respecto a Obesos, Diabéticos y mayores de 60 años.

Publicado: 2020-05-09

El llamado Estado de Emergencia, ha sido previsto para que los Estados democráticos puedan afrontar situaciones excepcionales que están expresamente señaladas por la Constitución ó Ley Fundamental del país. Dentro de estos supuestos se inscribe la pandemia del Corona virus, como situación catastrófica que pone en riesgo a la comunidad, a la población.  

Pero: ¿hasta dónde llegan las posibilidades del Estado de Emergencia, cuando se trata de Derechos Fundamentales inalienables que corresponden a todos y cada uno, como el Derecho a la dignidad humana, el Derecho a la Vida, el Derecho al Desarrollo Integral de la Persona y el Derecho a la Igualdad de Oportunidades para todos? Sin mencionar el derecho al Trabajo y el Derecho a la Vida.

¿En dónde comienza y en donde termina, la vigencia de nuestros derechos fundamentales, cuándo tenemos una situación como ésta? ¿Y cómo se prueba y en qué forma se pondera la prevalencia de un valor sobre otro?

Es necesario hacerse estas preguntas, ante las sorprendentes declaraciones de la actual señora Ministra de Trabajo, quien ha lanzado a los vientos, las siguientes afirmaciones: “Personas con obesidad o diabetes, claramente no irán a trabajar, porque están consideradas como factores de riesgo. (…) Mayores de 60 años también están comprendidos”

Que una señora Ministra de Trabajo diga cosas como ésta, sin indicar los marcos legales, los límites, los plazos y los alcances de semejantes palabras, es tan igual de catastrófico, en un sentido moral, que la misma pandemia. Y más aún si al mismo tiempo, la señora Ministra indica que: “la dinámica económica tiene que reactivarse”. ¿Quiere decir que lo uno está relacionado a lo otro? Quiere decir, que para poder reactivar la dinámica económica, es menester deshacerse de esos “factores de riesgo”, que la señora Ministra ha mencionado como: obesos, diabéticos y mayores de sesenta años?

Pues  hay algo que la señora Ministra no ha dicho. Que, el Ministerio de Salud ha detallado una lista más amplia que incluye a personas con diversas afecciones. ¿Qué significa esto? ¿Que  no podrían ir a trabajar  tampoco: personas con cáncer, hipertensión , VHS, TBC, etc, etc? ¿Y qué podría seguir después? ¿Se incluirá como factores de riesgo a: personas con hepatitis,  anemia, mal nutrición,  TBC, afecciones respiratorias crónicas, úlcera, pancreatitis, prostatitis, etc, etc?

Pero lo más grave es que la Ministra de Trabajo, no señala la cobertura legal necesaria y suficiente, que ampararía semejante decisión suya de que: “Personas con obesidad o diabetes, claramente no irán a trabajar, porque están consideradas como factores de riesgo. (…) Mayores de 60 años también están comprendidos”. Porque, lo cierto es que, como MINISTRA DE TRABAJO y máxima defensora del ámbito laboral en el país, ella no solo debe precisar si esta afirmación suya, se sustenta en algún Informe Estadístico ó en alguna investigación seria y documentada, sino sobre todo cuál es la base normativa y reglamentaria, de naturaleza laboral, que sustenta sus dichos. Asimismo debe aclarar debidamente, para evitar malentendidos,  si esto constituirá una política laboral que impulsará  su cartera ministerial a partir de la fecha:   el no contratar personas subidas de peso, diabéticos ni mayores de 60 años.

Si las intenciones de la señora Ministra de Trabajo, se orientan a  preservar o salvaguardar  la salud de las personas obesas, hipertensas y mayores de 60 años, igualmente debió precisar, la duración y la naturaleza que una medida de estas proyecciones tendría. Porque debemos plantearnos: ¿Se trata de un despido ó jubilación forzosa de todos los obesos, diabéticos y mayores de 60 años en el país? 

En cualquiera de los casos, para disponer algo así, el Estado tendría que llevar a cabo por lo menos un Referéndum, que legitime tal decisión ante la comunidad nacional, internacional y ante los Tratados Internacionales que amparan los Derechos Humanos.

¿O se trata de dar LICENCIA CON GOCE DE HABERES a las personas,  consideradas como factores de riesgo?  Pues de ser así: ¿Cuánto tiempo duraría esa Licencia? Habida cuenta que no pueden existir Licencias Indefinidas.

De otra parte, no explica la señora Ministra de Trabajo ni las autoridades del MINSA tampoco, porqué razón se comprende únicamente a obesos, diabéticos y mayores de 60 años en la población considerada de riesgo, y no se comprende a todos los hombres?

¿Porqué decimos esto?

Porque, según los informes publicitados, en nuestro país, el 80% de fallecidos son varones, incluso jóvenes. Este hecho, si seguimos la lógica de la señora Ministra de Trabajo, debería llevarnos a concluir, que todos los varones constituirían entonces eventuales  “factores de riesgo”, con lo cual la mayor parte de nuestra población en edad de trabajar quedaría fuera de sus labores, por tiempo indefinido. ¿Sería esto posible?

Asimilando el viejo dicho popular, recordaremos que: “Para decir algo y comer pescado…hay que tener cuidado”.  Y más aún,  si  se ocupa el cargo de Ministro de Estado.


Escrito por

betorudas

Aprendí en muchas partes y aún sigo aprendiendo. Me gusta la buena música, la que nos llena de buenos sentimientos, de todos los pueblos...


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